Autonomia del derecho aduanero

viernes, 11 de febrero de 2011

Bases para la Autonomía del Derecho Aduanero
El presente documento es un breve resumen de la tesis de sustentación de pregrado para obtener el título de abogado, cuyo objetivo es intentar señalar que el derecho aduanero no esta subsumido por el derecho tributario, y que posee una función controladora más que recaudadora, para ellos tomamos los siguientes argumentos.
Encontrándonos actualmente en un mundo globalizado donde se hace evidente la interrelación entre distintos países y organismos internacionales, que propenden el libre comercio e intercambio de bienes resulta necesario un soporte jurídico que logre en forma armonioza establecer las relaciones entre los sujetos del intercambio comercial de mercancías vinculados a la entidad de control de carácter gubernamental de cada país (aduana)
Todo ello ha generado un conjunto de normas, usos, costumbres denominándose derecho aduanero en su versión de derecho aduanero internacional y derecho aduanero nacional.
Esta situación nos va permitir arribar válidamente que existen bases necesarias para pensar en su autonomía, sin dejar de lado que el derecho es un todo y siempre se interrelacionan sus ramas entre sí.
La tesis consta de cuatro capítulos y comienza definiendo el concepto de autonomía de una rama jurídica como la delimitación de normas que regulan un determinado sector de la realidad social, presenta características comunes y clasificándola en didáctica, científica y legislativa.
Los capítulos mas resaltantes son el tercero, cuarto en ellos se analiza las tres clases de autonomía:
La autonomía didáctica se manifiesta a través de cátedras propias del derecho aduanero, su enseñanza en las diversas facultades de derecho y la importancia de su estudio debido a su relevancia como una de las ramas jurídicas del derecho, que se vincula con el comercio exterior.
La autonomía científica se concibe como un agrupamiento sistemático de normas en función de la existencia de instituciones del derecho aduanero como el aforo, el abondo legal, el levante, regímenes aduaneros, principios jurídicos propios contenidos en la normativa aduanera en este caso la ley general de aduanas y lo mas importante que regula una actividad social concreta la cual es la actividad aduanera que ofrece peculiaridades propias.
Por ultimo encontramos a la autonomía legislativa definida como un cuerpo de leyes separado y orgánico en el cual se analiza y se compara la legislación nacional peruana y legislación internacional del derecho aduanero, tomando como ejemplo al derecho aduanero argentino y mexicano, organismos internacionales, convenios, acuerdos multilaterales con el fin de demostrar que estos son tomados como referencia en nuestro derecho aduanero peruano.
Se concluye en esta tesis que el derecho aduanero no es parte del derecho tributario, sino el tributario es parte especial del aduanero y que no se debe confundir a la institución aduana con el derecho aduanero, ya que el primero forma parte de la administración pública,
Por sobretodo concluimos que la unión de estas tres clases de autonomía en materia aduanera nos permiten sentar las bases para la autonomía del derecho aduanero, basándonos en la importancia que tiene el aspecto internacional al aplicarse tratados, normativas, principios e instituciones que van ayudar a lograr la facilitación del comercio, relevante para un mundo globalizado.
Por ultimo he de recomendar como parte de su autonomía didáctica, corresponde a los catedráticos en materia aduanera incentivar su investigación y a las universidades darle una mayor relevancia al curso de derecho aduanero, ya que al realizar la investigación de esta tesis uno de los obstáculos a realizarla fue no encontrar suficiente material bibliográfico en esta rama.
Además de proponer la creación de una codificación en materia aduanera, para una mejor compresión, celeridad, agilidad característica propia del derecho aduanero.

Bases para la autonomía del Derecho Aduanero

martes, 8 de febrero de 2011